La junta de Andalucía se va moviendo en temas de normativas para la regulación de la salud animal. En el BOJA núm. 81 (Sevilla, 28 de abril 2010), podemos encontrar la regulación en temáticas de salud obligatoria, es decir, el servicio sanitaria que la Junta de Andalucía obliga cumplir a propietarios de perros, gatos y hurones.
Me ha "costao" la vida leer sólo la parte que integran en la web de clinica veterinaria kanes (el boja regula muchas cosas pero es infumable).
Aquí os dejo los puntos más relevantes, que he creido deben ser destacados, pero leerselo entero (ja!), cuando adquiráis un animal es lo que obliga la ley ha ejecutar (en azul notas mías):
- Artículo 3. Tratamientos obligatorios de los animales de compañía.
- Vacunación Antirrábica.
- Desparasitación.
- Tratamiento contra Leishmaniosis.
- Tratamiento contra Chlamydophila psittaci.
- Tratamiento contra otras enfermedades. (aquí aconsejo que se vacune cotra la parvovirosis, moquillo, leptospirosis, hepatitis y tos de perreras. Los veterinarios no están obligados a vacunarlos contra éstas enfermedades, y no todos -tristemente- informan al propietario sobre la necesidades de prevención de las mismas).
- Artículo 4. Cartilla sanitaria.
- Artículo 5. Ficha clínica veterinaria.
- Articulo 6. Transferencia de animales.
- Articulo 7. Sacrificio de los animales de compañía.
- Artículo 8. Datos que deben figurar en los habitáculos donde se exponen los animales para su venta y documentación en el proceso de venta.
- Artículo 9. Razas autóctonas de animales de compañía en Andalucía.
- Artículo 10 Infracciones y sanciones. (cuando compremos un animal, hay que atender de dónde procede, el trato del animal, las vacunaciones de las que dispone...vamos que no te fíes ni del Tato, hay mucha persona mala que hace negocio inmoral con cachorros).
Desde aquí te direcciono para descarga el BOJA completo: Orden de 19 de Abril de 2010
Más Info. || clinicaveterinariakanes.com

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